Dirección Regional de
Educación del Callao
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Educación
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Intersección Félix Pasache y Aida de Sotomayor S/N Urb. Confecciones Militares - Bellavista - Callao
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Central Telefónica: 01 4209900 - 01 4987334 - 01 4987343 - 01 4987409 - 01 4209969 (fax)
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Requisitos para Tramites

    *  REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE CESE EN EL CARGO (D.L. 20530)
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE CESANTIA
    * REQUISITOS PARA CESE POR FALLECIMIENTO
    * REQUISITOS PARA CESE (DL. N° 19990 o A.F.P.)
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE SOBREVIVIENTES (VIUDEZ / ORFANDAD)
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE SOBREVIVIENTES (ASCENDIENTES)
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE SOBREVIVIENTES (ORFANDAD)
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR LUTO y/o GASTOS DE SEPELIO
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE GASTOS DE SEPELIO EN CASO DE FALLECIMIENTO
      DEL SERVIDOR O PENSIONISTA
    * REQUISITOS PARA LA INCORPORACIÓN A LA CARRERA MAGISTERIAL
    * REQUISITOS PARA BONIFICACIÓN FAMILIAR
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE BONIFICACIÓN PERSONAL (QUINQUENIO) DE 05 - 10 Y 15 AÑOS DE SERVICIO
    * REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE GRATIFICACIÓN POR 20 - 25 Y 30 AÑOS DE SERVICIO
    * ATENCIÓN AL ESSALUD (Inscripción por primera vez)
    * ATENCIÓN AL ESSALUD FAMILIAR (inscripción por primera vez)

REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE CESE EN EL CARGO (D.L. 20530)

1. Solicitud (F.U.T.) con firma autenticada ante el fedatario de la DREC.
2. D.N.I. o Libreta electoral
3. Resolución de Nombramiento e Incorporación al Decreto Ley Nº 20530
4. Constancia de trabajo expedido por el Director del Centro Educativo
5. Talón de pago (último)
    Nota: las copias de Resoluciones deberán ser completas y autenticadas
    Luego del cese en el cargo, los pensionistas procederán a solicitar pensión de cesantía.


REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE CESANTIA

1. Solicitud (F.U.T.) de otorgamiento de pensión definitiva
2. D.N.I legalizada ó autenticada
3. Resoluciones de nombramiento
4. Resoluciones de Bonificación Personal (5, 10,15, 20, 25, 30, 35 y 40 años)
5. Resolución de Incorporación al Decreto Ley Nº 20530
6. Resolución de Acumulación de Estudios
7. Título Profesional
8. Resolución de Reconocimiento de tiempo de servicios
9. Resolución de Nombramiento en el último cargo (Ej. como Directora, Sub-Directora)
10. Resolución de Ubicación en el último nivel magisterial (docente) o categoría remunerativa (administrativo)
11. Resolución de Licencias sin goce de haber
12. Resolución de cese
13. Constancias de pagos desde el inicio hasta el cese (no talones de cheque)
     Nota:Las copias de las resoluciones deberán ser completas, legibles y autenticadas hoja por hoja y colocadas en el orden señalado en un folder.
     Sólo se reconoce el tiempo de servicios como contratado hasta el 31 de diciembre de 1969


REQUISITOS PARA CESE POR FALLECIMIENTO

1. Solicitud (FUT) con firma autenticada por fedatario o legalizada notarialmente
2. Acta de Defunción
3. Talón de pago del fallecido
4. Sucesión Intestada para pago de beneficios sociales (si cuentan con el documento)

REQUISITOS PARA CESE (DL. N° 19990 o A.F.P.)

1. Solicitud (FUT)
2. D.N.I o L.E.
3. Talón de pago del fallecido
4. Constancia de Trabajo

    NOTA. Copias autenticadas


REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE SOBREVIVIENTES (VIUDEZ / ORFANDAD)

1. Solicitud (F.U.T.) de otorgamiento de pensión de sobrevivientes (viudez/orfandad)
2. DNI de la recurrente legalizada ó autenticada
3. Partida de matrimonio expedida después del fallecimiento del causante (verificar que registre la fecha de expedición)
4. Acta de Defunción del causante
5. Resoluciones de cese, pensión definitiva y otras expedidas después del cese del causante
6. Declaración Jurada de la recurrente de permanecer viuda, de no existir hijos menores ni mayores de edad incapacitados con derecho a pensión de orfandad, de no     percibir pensión o remuneración del Estado.
7. talón de pago del causante (último)
   Nota:
   · En caso de existir hijos menores con derecho a pensión, adjuntar las partidas de nacimiento y la declaración jurada de la madre de ser la representante legal de los      menores.

   · Subsiste el derecho a pensión de orfandad, para los hijos mayores de 18 años de edad con incapacidad absoluta para el trabajo, por lo cual deberán adjuntar:

       - Dictamen de la Comisión Médica del Seguro Social - ESSALUD.
       - Resolución Judicial de Interdicción

   Las copias de las resoluciones deberán ser completas y autenticadas hoja por hoja y presentadas en el orden señalado en un folder.


REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE SOBREVIVIENTES (ASCENDIENTES)


1. Solicitud (F.U.T.) de otorgamiento de pensión de sobrevivientes - Ascendientes
2. D.N.I. de la recurrente legalizada ó autenticada
3. Partida de Nacimiento expedida después del fallecimiento del causante (verificar que registre la fecha de expedición)
4. Acta de Defunción del causante
5. Resoluciones de cese, pensión definitiva y otras expedidas después del cese del causante
6. Declaración Jurada de la recurrente de haber dependido económicamente del causante, carecer de renta e ingresos superiores al monto de la pensión, de no existir     hijos menores ni mayores de edad incapacitados con derecho a pensión de orfandad, de no percibir pensión o remuneración del Estado.
7. Talón de pago del causante (último)


REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE PENSION DE SOBREVIVIENTES (ORFANDAD)


1. Solicitud (F.U.T.) de otorgamiento de pensión de sobrevivientes (orfandad)
2. DNI de la recurrente legalizada ó autenticada
3. Partida de Nacimiento expedida después del fallecimiento del causante (verificar que registre la fecha de expedición)
4. Acta de Defunción de la causante
5. Resoluciones de cese, pensión definitiva y otras expedidas después del cese del causante
6. Declaración Jurada de la recurrente de permanecer soltera, no realizar actividad lucrativa, carecer de renta e ingresos mayores a la pensión, no encontrarse amparada     bajo ningún sistema de seguridad social, de no haber formado hogar fuera del matrimonio, no tener hijos, no existir otros beneficiarios con derecho a pensión de     orfandad, de no percibir pensión o remuneración del Estado legalizada notarialmente.
7. Constancia de ESSALUD de no estar inscrita el registro de asegurados obligatorios
8. Constancia de no encontrarse afiliada a ninguna AFP.
9. Constancia de no haber desarrollado actividad lucrativa la SUNAT
10. Constancia de no aportar al Sistema Nacional de Pensiones D. L. 19990 (ONP)
11. Talón de pago del causante (último)
12. Declaración jurada del viudo de no tener derecho a pensión de viudez o Acta de Defunción en caso de fallecimiento.

REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR LUTO y/o GASTOS DE SEPELIO

1. Solicitud (F.U.T.)
2. Acta de Defunción
3. Partida de nacimiento del recurrente (en caso de fallecimiento de padres), partida de nacimiento del hijo (en caso de fallecimiento de los hijos del recurrente) o partida     de matrimonio (en caso de fallecimiento del cónyuge)
4. Talón de pago del mes en que ocurrió el fallecimiento
5. Boleta de venta o Factura a nombre del recurrente en caso de haber sufragado los gastos de sepelio

REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE GASTOS DE SEPELIO EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL SERVIDOR O PENSIONISTA

1. Solicitud (F.U.T.)
2. Acta de Defunción
3. Boleta de venta o Factura a nombre del recurrente
4. Talón de pago del mes (último)
    NOTA: Copias autenticadas de los documentos
    El Subsidio por Luto y Subsidio por Gastos de Sepelio que se otorga al servidor activo o pensionista en caso de fallecimiento de su cónyuge, padres o hijos, equivale
    a 02 Remuneraciones Totales Permanentes constituídas por la Rem. Básica, Reunificada, Bonif. Personal, Transitoria para Homologación, Bonif. Familiar y Bonif. por     Ref. y Movilidad correspondientes al servidor, por cada concepto.
    En caso de fallecimiento del servidor activo o pensionista se otorga Subsidio por Luto en orden excluyente al cónyuge, hijos, padres o hermanos, acreditando el     parentesco con la respectiva partida, la suma equivalente a 03 Remuneraciones Totales Permanentes correspondientes al servidor activo o pensionista.
    El Subsidio por Gastos de Sepelio por fallecimiento del servidor activo o pensionista equivale a 02 Remuneraciones Totales Permanentes correspondientes al servidor     activo o pensionista y se otorga a la persona que acredite haber sufragado los gastos de sepelio. 

REQUISITOS PARA LA INCORPORACIÓN A LA CARRERA MAGISTERIAL

1. Formato Único de Trámite (F.U.T.)
2. Copia fotostática autenticada por el Ministerio de Educación y/o departamental de Lima del Título Pedagógico.
3. Copia fotostática de la Resolución de Inscripción del Título Padagógico
4. Certificados de estudios originales para escalafón y fotocopia autenticada para el proyecto de resolución.
5. Constancia de la Asamblea de Rectores. Direccion: calle Aldaves 337 Las Gardenias Surco Alt. Cuadra 52 Av. Benavides.
6. Copia de la última boleta de pago.
    NOTA: la presentación de la documentación se hará en 2 (dos) juegos, uno será para escalafón y el otro para el respectivo proyecto de resolución.     Acercarse a la     ofina de escalafón para la verificación correspondiente. La ofocina de Proyectos - APER devolverá los expedientes que no esten completos de acuerdo a los requisitos     solicitados.

REQUISITOS PARA BONIFICACIÓN FAMILIAR

1. Formato Único de Trámite (F.U.T.)
2. Declaración Jurada expedida por la DREC. Deberá ser firmada por el titular y su conyuge y/o conviviente.
3. Partida de matrimonio en caso de ser casado.
4. Partida de nacimiento de sus menores hijos.
5. ültima boleta de pago.
6. Constancia de trabajo, boleta de pago y/o documento provatorio de centro laboral de su conyuge y/o conviviente.
    NOTA: toda la documentación deberá ser presentada en copia autenticada y de no estar completa será devuelto. Acercarse a la oficina de escalafón para la
    verificación correspondiente.

REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE BONIFICACIÓN PERSONAL (QUINQUENIO) DE 05 - 10 Y 15 AÑOS DE SERVICIO


1. Formato Único de Trámite (F.U.T.)
2. Última boleta de pago
    NOTA: pasos a seguir para aquellas personas que tienen contratos anteriores a su nombramiento.
    - F.U.T. - Constancias de haberes de todos sus contratos anteriores a la fecha de su nombramiento. (solicitarlo en la dependncia donde corresponde)
    - F.U.T. - Presentar las constancias de haberes para su legajo personal copias autenticadas.
    - F.U.T. - Solicitar el quinquenio e indicar el número con el cual presentaron su constancia de haberes a escalafón.

REQUISITOS PARA OTORGAMIENTO DE GRATIFICACIÓN POR 20 - 25 Y 30 AÑOS DE SERVICIO


1. Formato Único de Trámite (F.U.T.)
2. Boleta de pago del mes que cumplen los 20 - 25 y 30 años de servicio.
    NOTA: pasos a seguir para aquellas personas que tienen contratos anteriores a su nombramiento.
    - Constancias de haberes de todos sus contratos anteriores a la fecha de su nombramiento. (Solicitarlo en la dependencia donde corresponde)
    - Presentar las constancias de haberes para su legajo personal copias autenticadas.
    - Solicitar la gratificación por 20 - 25 y 30 años de servicios e indicar el número con el cual presentaron sus constancias de haberes a escalafón.

ATENCIÓN AL ESSALUD (Inscripción por primera vez)

1. Formulario 6051 de ESSALUD.
2. Copia de DNI.
3. Copia de Resolución de contrato o nombramiento.

ATENCIÓN AL ESSALUD FAMILIAR (inscripción por primera vez)

1. Formulario 6052 de ESSALUD.
2. Partida de Nacimiento del hijo (s) o Partida de Matrimonio en el caso de ser casado (a)
3. Talón de pago.
4. Copia de DNI.



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